23 de marzo de 2024

JUBILACIÓN ANTICIPADA INVOLUNTARIA 2024 - A partir de 61 años ⏩ Novedades simulador


La modalidad de jubilación anticipada involuntaria permite la posibilidad de adelantar 4 años la jubilación en comparación con la edad ordinaria que corresponda a cada uno. Si una persona se puede jubilar a los 65 años, podría adelantar la jubilación a partir de los 61 años, y si se puede jubilar a los 67, el anticipo sería a partir de los 63 años. Todo depende del tiempo que se haya cotizado (este año son necesarios 38 años para jubilarse con 65), estos efectos cuenta como cotizada la llamada “cotización en la sombra” es decir, los años desde la fecha de jubilación anticipada, hasta la edad ordinaria: https://www.elpensionista.es/jubilaci... Para acceder a esta modalidad de jubilación es necesario que concurra alguno de los despidos tasados en el art. 207 de la Ley General de la Seguridad Social: despido colectivo, despido objetivo, extinción por concurso de acreedores, por fuerza mayor, por modificación de las condiciones de trabajo, incumplimiento empresarial, etc. Se debe aportar carta de despido o extinción y justificante de pago indemnización. Y es obligatorio estar inscrito 6 meses como demandante de empleo. Penalización aplicable: es más benévola que la contemplada para la jubilación voluntaria. Esta penalización se aplica sobre la pensión resultante. Para quienes tienen una pensión inicial superior a la máxima, si el resultado es peor que la voluntaria con al DT34 se aplicará esta – Solo en 2024, en 2025 ya veremos si se aplica o no. https://www.elpensionista.es/interpre...