Os trasladamos un resumen detallado de la Sentencia nº 154/2025, dictada el pasado 20 de mayo de 2025 por el Juzgado de lo Social nº 25 de Barcelona, en el procedimiento de conflicto colectivo interpuesto contra SMRC Automotive Interiors Spain, S.L., relativo a la correcta interpretación y aplicación del permiso retribuido de 5 días recogido en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores.
1. Antecedentes del conflicto
El conflicto se originó por la práctica de la empresa de limitar el permiso retribuido a un solo día cuando el justificante médico de una intervención quirúrgica sin hospitalización no indicaba expresamente la duración del reposo domiciliario. Además, se exigía que el/la trabajador/a aportara justificantes diariamente durante los días del permiso.
El Comité de Empresa solicitó a la empresa que adaptara esta práctica a la doctrina jurídica vigente, que considera innecesario exigir al personal trabajador una prueba diaria, siendo suficiente el justificante inicial que acredite la intervención y la necesidad de reposo domiciliario.
2. Fallo de la sentencia
El Juzgado estima íntegramente la demanda sindical y declara que:
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No es válida la práctica empresarial de denegar el permiso si el justificante médico no especifica cuántos días de reposo se recomiendan.
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No es legal exigir justificación diaria mientras se disfruta del permiso.
Por tanto, cualquier trabajador/a que justifique una hospitalización o una intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario tiene derecho a disfrutar íntegramente de los 5 días retribuidos, sin requisitos adicionales no previstos por la ley.
3. Fundamentos jurídicos clave
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El artículo 37.3 b) ET no exige detallar la duración del reposo ni impone justificaciones sucesivas.
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El permiso debe entenderse como un derecho completo de cinco días laborables, mientras exista la causa.
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La sentencia se apoya en jurisprudencia del Tribunal Supremo y otros tribunales superiores, además de en el principio de igualdad de género, dado que estos cuidados recaen mayoritariamente en mujeres.
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Se refuerza el principio de que la empresa no puede imponer condiciones más restrictivas que las previstas legalmente.
4. Implicaciones prácticas
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Desde ahora, bastará con justificar la intervención y el reposo mediante informe médico sin necesidad de concretar días.
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No se podrá denegar el permiso por falta de detalle del justificante ni requerir documentación adicional durante los días de disfrute.
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Esta sentencia es vinculante y de aplicación general para todo el personal de la empresa, por tratarse de un conflicto colectivo estimado judicialmente.
Se trata, en definitiva, de una importante victoria colectiva que refuerza nuestros derechos y reconoce el valor del cuidado en el entorno familiar sin cargas innecesarias para quienes ejercen este tipo de apoyos.
🔊 Se adjunta link de la sentencia 👉 Sentencia nº 154/2025