8 de enero de 2023

Sentencia del TSJ de Madrid

Sentencia del TSJ de Madrid


Si un trabajador está teletrabajando desde su casa, se levanta un momento para ir a la cocina a por un vaso de agua y se corta durante la operación dicho incidente tiene la calificación de accidente laboral. Con la mayor cobertura a nivel médico a través de las mutuas que ello implica. Así lo ha reconocido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en una reciente sentencia, en la que considera que actividades como beber agua no son ajenas a la rutina laboral y que por ello la empresa debe darle cobertura profesional al suceso. El alto tribunal de la capital española no es el único que ha dictado una interpretación de este estilo, en tanto que existen otras sentencias de juzgados como el de lo social de Cáceres, que también consideraron una caída de un trabajador mientras iba al baño de su casa como accidente laboral.

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