DERECHO A LA INTEGRACION DE LAGUNAS EN LA JUBILACIÓN E INCAPACIDAD.
Como norma general para el cálculo de la pensión se integran las primeras 48 lagunas con el 100% de la base de cotización mínima del año en que se encuentren.
Por ejemplo, a un trabajador que tiene mensualidades sin cotizar en el año 2025, se le integrarán con una base de 1.381,20 euros, y si las lagunas están en 2024, cuando se calcule su futura jubilación, se le integrarán con la base de 1.323 euros, que corresponde a la mínima para este año.
A partir de la número 49, se integrarán con el 50% de la base de cotización mínima.
Esto lógicamente mejora la base reguladora y en consecuencia, la pensión de jubilación.
Sin embargo el derecho a la integración de lagunas, NO suma tiempo cotizado