12 de junio de 2024

馃И Vista para sentencia, en la Audiencia Nacional, la cl谩usula de garant铆a salarial del Convenio General de la Industria Qu铆mica

En el juicio que hoy se ha celebrado en la Audiencia Nacional cada parte, como no puede ser de otra manera, ha defendido sus razones y argumentos jur铆dicos para que la sala estime o no la demanda presentada.


CCOO de Industria insisti贸 en que la cl谩usula es clara y n铆tida. No diferencia sus efectos seg煤n el a帽o o la fecha de entrada. En caso de hacerlo, ser铆a totalmente discriminatorio. As铆 mismo, este sindicato dej贸 claro que el conocido 10,3% opera sobre la masa salarial bruta del 31 de diciembre de 2023. Por lo tanto, tal y como lo establece el convenio, no puede realizarse ning煤n tipo de absorci贸n y compensaci贸n, sea por el concepto que sea.

La defensa de la patronal FEIQUE se bas贸, como ya lo sab铆a CCOO de Industria, en resoluciones de la comisi贸n mixta existentes desde 2001 hasta 2018.

Ninguna de ellas es sobre el XX Convenio General de la Industria Qu铆mica. Todas son anteriores, son distintas a este caso y se producen en contextos socioecon贸micos diferentes. Adem谩s, CCOO aport贸 sentencias del Tribunal Supremo que establecen que, cuando la cl谩usula o la literalidad de lo pactado es clara, no se deber铆a atender al hist贸rico o a los antecedentes que, en este caso, son m谩s que discutibles.

Cuando finaliz贸 la exposici贸n y la defensa de cada parte, as铆 como la aportaci贸n de la prueba documental que cada organizaci贸n consider贸 oportuna, el juicio qued贸 visto para sentencia. Habitualmente la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional suele emitir el fallo en un plazo de unas tres semanas.

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