26 de febrero de 2014

Programa Operativo (P.O) - SEAT Marzo 2014

Día 8 de Marzo día internacional de la mujer

CON NUESTROS DERECHOS NO SE JUEGA.


Un 8 de marzo reivindicativo, que este año viene marcado por una fuerte movilización y contestación social contra la nueva ley del aborto (un ataque sin precedentes a la libertad y al derecho de las mujeres a decidir sobre su sexualidad y su maternidad), y para exigir al Gobierno el avance de la igualdad efectiva, luchar contra la discriminación por razón de sexo, favorecer la creación de empleo digno, un modelo educativo igualitario y combatir la violencia contra las mujeres.

19 de febrero de 2014

Firmada la revisión Salarial 2013 y el incremento 2014

Habiéndose constatado, según datos del Instituto Nacional de Estadística, que la tasa de variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) general español del mes de diciembre de 2013 es del 0,3%; y la tasa de variación anual del IPC armonizado de la Zona Euro fue del 0,8%, procede utilizar la primera de las referencias indicadas (IPC general español) para la aplicación de la cláusula de revisión salarial prevista en el artículo 38 A) del Convenio General de la Industria Química.

Teniendo en cuenta que el citado IPC general español de diciembre de 2013 ha resultado en una cifra inferior al objetivo de Inflación del Banco Central Europeo para dicho año (2%), no procede efectuar revisión salarial alguna en el año 2013 de conformidad con lo previsto en el artículo indicado en el párrafo anterior.

En consecuencia se confirman para el año 2013 la ausencia de incremento salarial sobre la Masa Salarial Bruta de 2012.

Igualmente se confirman para el año 2013 las tablas de Salarios Mínimos Garantizados de los artículos 32 y 44 del Convenio, las tablas de Pluses del artículo 40, el Plus de Turnicidad del artículo 44.7 y los valores de dietas y kilometraje del artículo 28.4 establecidos todos ellos en el texto del XVII Convenio General de la Industria Química publicado en el BOE de fecha 9 de abril de 2013.
II.- Incremento Salarial año 2014

Habiéndose constatado,según datos del Instituto Nacional de Estadística, que el Producto Interior Bruto (PIB) de 2013 es del -1,2% (1,2% negativo), de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.II.b) del XVII Convenio General de la Industria Química, procede un incremento salarial para 2014 del 0,2% sobre la Masa Salarial Bruta de 2013.

En consecuencia, se acuerda proceder al incremento salarial de 2014, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2014, aplicando un incremento del 0,2% sobre la Masa Salarial Bruta de 2013, depurada y homogeneizada, según el procedimiento establecido en el artículo 33 del vigente Convenio.

De conformidad con el mismo precepto del Convenio y al haber sido el incremento salarial en 2014 del 0,2%, no procede aplicar reserva alguna sobre dicho incremento para nuevas antigüedades, complementos de puesto de trabajo o ajustes de abanicos salariales.

En cuanto a las tablas de Salarios Mínimos Garantizados de los artículos 32 y 44 del Convenio, las tablas de Pluses del artículo 40, el Plus de Turnicidad del artículo 44.7 y los valores de dietas y kilometraje del artículo 28.4procede incrementarlas en igual porcentaje, es decir, en un 0,2%.