25 de abril de 2017

ACTOS DEL 1 DE MAYO - 2017


Amb el lema 'Ocupació estable, salaris justos, + drets socials' CCOO de Catalunya celebrarà l'1 de Maig d'enguany. 

Les manifestacions previstes són les següents:

Barcelona, 11.30 h, ronda Sant Pere / passeig de Gràcia.
Girona, 12.00 h, plaça de la Independència.
Lleida, 12.00 h, plaça del Treball.
Tarragona, 12.00 h, plaça Imperial Tàrraco.
Tortosa, 12.00 h, plaça del Carrilet.

19 de abril de 2017

Los desplazamientos a la MUTUA se han de ABONAR


Los desplazamientos para control de la incapacidad temporal (IT) por contingencia común antes de los 12 meses, encuentran cobertura y se han de abonar, acorde a la Orden TIN/971/2009.



Haz click en  CCOO INFORMA y encontrara todo los que debes de saber para que te paguen los desplazamientos a la MUTUA.


2 de abril de 2017

Conciliación de la vida familiar y laboral de las mujeres trabajadoras: soluciones a golpe de sentencia

Hasta que no avancemos en una verdadera igualdad de derechos y obligaciones de los dos progenitores, las sacrificadas seguirán siendo las madres trabajadoras.
Estos días he tenido la oportunidad de repasar dos sentencias de juzgados de lo Social Barcelona nº 19 y 33, que han resuelto dos demandas de madres trabajadoras, que lo que pretendían era poder concretar su jornada de trabajo para conciliar la vida laboral y familiar ante la negativa de sus respectivas empresas, que no ponen en cuestión el derecho de estas madres trabajadoras a reducir su jornada de trabajo, pero que esta se ha de realizar dentro de la jornada habitual (art37.6ET).
Mientras que en el caso de una de ellas que ya se encontraba en reducción de jornada y que venía haciéndolo en turno fijo de mañana, la empresa le comunica que por razones organizativas y productivas dicha jornada reducida la ha de realizar en los turnos rotatorios de mañana, tarde y noche; la otra trabajadora no solicitaba reducción horaria sino poder prestar sus servicios en un horario que le permitiese conciliar su vida laboral con la familiar por guarda legal de menor.
En ambas demandas, que han sido gestionadas por dos abogadas del GTJ de CCOO, se pone en cuestión que con la negativa empresarial se puede estar vulnerando el derecho a la no discriminación por razón de sexo (art. 14 CE) de las mujeres trabajadoras, que se ha de poner en relación con el mandato constitucional de protección a la familia y a la infancia (art39 CE), en ambos casos los juzgadores han estimado las demandas de las trabajadoras basándose en la doctrina establecida en la sentencia del TC 26/2011 de 14 de marzo, donde entre otras cuestiones dice: “La negativa del órgano judicial a reconocer a la trabajadora la concreta reducción de la jornada solicitada, sin analizar en qué medida dicha reducción resultaba necesaria para la atención a los fines de relevancia constitucional a los que la institución sirve ni cuales fueron las dificultades organizativas que su reconocimiento pudiera causar en la empresa, se convierte así en un obstáculo injustificado para la permanencia en el empleo de la trabajadora y para la compatibilidad de su vida profesional con su vida familiar y, en tal sentido, constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, de acuerdo con nuestra doctrina”.
Lo que nos está indicando el Tribunal Constitucional es que para hacer efectivo el derecho constitucional a la no discriminación por razón de circunstancias personales como el mandato a la protección de la familia y a la infancia, las normas tendentes a facilitar la vida laboral con la familiar de las personas trabajadoras, se han de interpretar de acuerdo con la dimensión constitucional de dichos derechos, y aunque en cada caso hay que valorar las circunstancias concretas de las personas trabajadoras y cómo afectaría organizativamente la medida a la empresa, no se pueden resolver sin que las causas estén suficientemente fundamentadas y razonadas, pues de contrario no se estaría protegiendo dos derechos constitucionales , como son el de la no discriminación por razón de sexo y el de protección a la familia y más concretamente al menor, y además estaríamos con esas prácticas invitando a las madres trabajadoras a optar entre sus carreras profesionales o el cuidado de sus hijos.
Seguimos asistiendo a una situación que mayoritariamente se encuentran las mujeres trabajadoras y en menor medida los padres. Hasta que no avancemos en una verdadera igualdad de derechos y obligaciones de los dos progenitores, las sacrificadas seguirán siendo las madres trabajadoras. Aquí os dejo ambas sentencias y buena lectura.

Descarga las Sentencias.


1 de abril de 2017

El nuevo empleo robotizado dejará obsoletas las reformas laborales

Expertos europeos reunidos por Funcas apuntan a un cambio en las cotizaciones sociales y en los impuestos por el futuro trabajo digital.

Coincidencia general en que el objetivo de los cambios legislativos por la crisis era la reducción de los salarios.

El empleo digital y el realizado por robots cambiarán las relaciones laborales y también la condición de los trabajadores. La extensión del trabajo a distancia, mediante dispositivos digitales, sin horarios, sin jefes directos o con varios empleadores (algunas de estas variantes ya están instaladas en la sociedad), supondrán un cambio de modelo en el mercado laboral en el que quedaran obsoletas las reformas laborales realizadas en España y otros países europeos impuestas por la directrices anticrisis de la Comisión Europea.

¿Cómo es la negociación colectiva en una empresa con una gran diversidad de modelos de trabajadores (fijos, a distancia, presenciales, temporales, por obra…) y con un peso de la tecnología superior al de las personas? ¿Qué tipo de protección social se necesita? ¿Hasta qué punto se perderán puestos de trabajo? ¿Qué actividades se transformarán y cuáles desaparecerán? ¿Qué tipo de relaciones laborales tendrá los empleados que trabajan para las nuevas plataformas digitales? ¿Y los de la llamada economía colaborativa? ¿Cómo se pagaran las cuotas sociales? ¿Cómo se financia la protección social en el nuevo empleo digital?
Estas y otras preguntas se han están abriendo paso entre los expertos en el mundo del trabajo de toda Europa, que ya han puesto sobre la mesa propuestas como que los robots paguen cuotas a la Seguridad Social (defendida, entre otros por Josep Maria Álvarez, secretario general de UGT).

FISCALIDAD

Los expertos reunidos por Funcas para reflexionar sobre qué ha funcionado y qué no de las reformas laborales que entre el 2010 y el 2014 se extendieron por diversos países de la Unión Europea, han llegado a una conclusión casi unánime: las reformas laborales se plantearon para llevar a cabo una devaluación salarial. Además, han reorientado el debate hacia otros derroteros en vista de que la revolución tecnológica vuelve arcáica una reforma heredera del mercado laboral del siglo XX.La fundación de las Cajas de Ahorro, Funcas, ha reunido a varios expertos europeos para debatir sobre estas cuestiones y en ese foro, Marie-Claire Carrère-Gée, presidenta del Consejo de Orientación para el Empleo de Francia, ha advertido del peligro que corre las prestaciones sociales si los Estados no recaudan más, especialmente, entre las firmas tecnológicas como los gigantes de Internet y las plataformas tipo Uber. En este sentido, Carrère-Gée apuntó la posibilidad de crear un impuesto sobre transacciones digitales.