26 de marzo de 2017

Renault retirará el turno de fin de semana y festivo en la planta de Palencia

Renault retirará el turno de fin de semana y festivo en la planta de Palencia.




Será el próximo mes de junio. Así lo ha anunciado la compañía que implantó dicho turno hace casi un año con la finalidad de abastecer la alta demanda de los modelos Mégane y Kadjar en su fase de lanzamiento. Superada la fase de lanzamiento de ambos modelos, la factoría palentina recuperará sus volúmenes de actividad normal, manteniendo tres turnos: mañana, tarde y noche.
Renault lanzó al mercado Mégane en 2016 y Kadjar en 2015, ambos producidos en la planta de Palencia, lo que obligó a la fábrica a activar un turno de trabajo de fin de semana y festivo para poder satisfacer la alta demanda existente cuando los modelos están en fase de lanzamiento.
“La acogida comercial tanto de Mégane como de Kadjar ha sido un éxito en los 39 países en los que se comercializan ambos modelos. Un ejemplo es que el Grupo Renault en España se ha convertido en líder del segmentro Crossover C gracias a las ventas de Kadjar”, han señalado desde Renault.

El despido durante la baja médica ya es despido nulo.



Como ya sucediera con el caso de los interinos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a poner en evidencia la legislación laboral española. En esta ocasión, el juzgado de lo Social número 33 de Barcelona ha declarado nulo un despido que se produjo durante la incapacidad temporal de un trabajador (baja médica) siguiendo la resolución del tribunal europeo.
Se trata de un caso que marca precedente ya que, de no ser por la intervención de Europa, dicho despido hubiese sido improcedente en lugar de nulo.
DIFERENCIAS ENTRE DESPIDO IMPROCEDENTE Y NULO
Juristas Laboralistas señalan que la improcedencia de un despido y el despido nulo son radicalmente diferentes. Cuando el órgano judicial declara improcedente un despido, lo hace alegando que no hubo motivo para practicarlo, o que la decisión extintiva carece de los mínimos requisitos exigibles por la Ley. Frente a ello se alza la declaración de nulidad, que se basa en que el despido se practicó vulnerando derechos fundamentales y libertades públicas, que ampara nuestra constitución.
Así pues, y es lo más relevante, son las consecuencias de tal declaración. En este sentido, si se declara la improcedencia del despido, o despido improcedente, la empresa deberá optar por readmitir al trabajador o indemnizarlo en la cuantía correspondiente al despido improcedente. Sin embargo, si se declara el despido nulo, la empresa no puede optar, por lo que deberá reincorporar al trabajador en su puesto de trabajo y abonándole los salarios de tramitación. Y estos no son más que los dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha en la que se notifique la sentencia. Por ello, los salarios de tramitación suelen ser bastante más elevados que cualquier indemnización.
Una vez visto lo anterior, y entrando a analizar la sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona, de 23 de diciembre de 2016, en la que se enjuicia el despido de un cocinero accidentado de un conocido hotel. El origen de todo fue el accidente laboral sufrido por el citado trabajador, al resbalar, caerse y fracturarse varios huesos durante su jornada laboral. Tras varias semanas en situación de incapacidad temporal, la empresa notifica al trabajador su despido disciplinario, alegando “no haber alcanzado las expectativas establecidas por la empresa ni el rendimiento que la empresa considera adecuado o idóneo para el desempeño de sus tareas en su puesto de trabajo”.
UNA SENTENCIA QUE MARCA PRECEDENTES
Pues bien, la novedad reside en que esta sentencia considera que el hecho de despedir al trabajador en situación de incapacidad temporal (baja médica) no es improcedente, sino nulo. Por ello, el trabajador ha de ser reincorporado en la empresa, con idénticas condiciones de trabajo y el abono de los salarios de tramitación en caso de estimarse el despido nulo. Esta sentencia, a pesar de haberse dictado por un Juzgado de primera instancia, sienta antecedentes en tanto las cuestiones prejudiciales emitidas por el Tribunal de Justicia Europeo han sido las determinantes en gran medida para obtener esta sentencia.
Es necesario tener en cuenta que, el Juez de primera instancia llega a la conclusión de que existe nulidad (despido realizado vulnerando Derechos constitucionales; en este caso al derecho a la integridad física y a la salud), en tanto se discrimina al trabajador por su condición de “discapacitado”, un concepto que ya el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha calificado como aquel trabajador en situación de incapacidad temporal que presenta un carácter duradero de su incapacidad en la fecha del despido. Precisamente ese es el concepto que el citado Tribunal utiliza como discapacidad a los efectos de calificar el despido como discriminatorio, y que por otro lado ya recogen la Directiva Europea 2000/78, C335/11 y C-337.
Por ello, los despidos practicados sobre trabajadores en situación de incapacidad temporal, que previsiblemente se alarguen en el tiempo, y que puedan ser considerados como discapacitados, cuentan ya con una protección contra el despido mucho mayor que la que la actual doctrina jurisprudencial española le venía garantizando, en la que exclusivamente se estimaba la improcedencia del despido en caso de probarse que el motivo real de éste, era la situación de enfermedad.

18 de marzo de 2017

Reunión Mesa Negociadora - Acuerdos Sociales


Los pasados días 15, 16 y 17 de Marzo se celebro la Primera reunión de la mesa negociadora para la renovación de los Acuerdos sociales.






En esta primera reunión se dio respuesta a la propuesta que nos había realizado la Dirección de la Empresa, en la Teleco del día 2 de Marzo.

Por otro lado se traslado la propuesta por parte de los representantes de la mesa negociadora a la empresa de las mejoras, a nuestro juicio, que deben de incluir los Acuerdos sociales.

De todo estas mejoras se ha informado de manera puntual y personalizada a los trabajadores/as.

12 de marzo de 2017

Fernández Toxo renuncia a presentarse a la reelección como secretario general de CCOO

Fernández Toxo renuncia a presentarse a la reelección como secretario general de CCOO.

Ignacio Fernández Toxo no se presentará a la reelección para la secretaría general de CCOO en el 11 Congreso que el sindicato celebrará los días 29 y 30 de junio y 1 de julio de 2017, según ha podido saber Nuevatribuna.es.

Está previsto que este sábado se celebre una reunión extraordinaria del Consejo Confederal de CCOO en la sede del sindicato en Madrid donde Toxo hará oficial su decisión. Posteriormente comparecerá ante la prensa para explicar las razones de su renuncia.
El actual secretario general de la organización sindical en Euskadi, Unai Sordo, se baraja como candidato a sucederle según las fuentes consultadas por este periódico.
Hace justo un mes, Toxo aseguró en declaraciones a la prensa que, aunque tenía “casi decidido” si optaría o no a un tercer mandato al frente de CCOO (los Estatutos del sindicato contemplan un tercer mandato extraordinario), esperaría unas semanas para hacer oficial el anuncio. "Lo tengo casi decidido, solo quedan algunos pétalos de la margarita", afirmó y encuadró su decisión en el marco “personal”. También explicó que ya había mantenido diversas reuniones con los cuadros del sindicato y reconoció las distintas opiniones al respecto que había recabado: la de quienes defendían su continuidad y la de los que veían más conveniente su relevo. En todo caso, precisó que la persona que le sucediera sería “conocida”.
Unai Sordo, candidato a suceder a Toxo
Nacido en Bilbao en 1972, Unai Sordo (en la imagen) trabajó en el sector de la industria de la madera antes de incorporarse con responsabilidad a CCOO. En junio de 2000, en el 7 Congreso, asume la Secretaría de Juventud de CCOO Euskadi, cargo que compatibiliza con tareas de organización en el territorio de Bizkaia. En el 8 Congreso de 2004, pasa a ser responsable territorial de Bizkaia. En enero de 2009 fue elegido secretario general del sindicato en Euskadi en sustitución de Josu Onaindi.
Ocho años en el cargo
Toxo fue elegido Secretario General de CCOO en el 9º Congreso Confederal celebrado el 19 de diciembre de 2008 sustituyendo a José María Fidalgo.  Fue reelegido para un segundo mandato en febrero de 2013. Durante su mandato se ha posicionado contra las políticas de recortes llevadas a cabo tanto por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero como por el actual de Mariano Rajoy. Al frente del sindicato también ha promovido Iniciativas Legislativas populares en materias de legislación laboral, vivienda y fiscalidad.

El 18 de mayo de 2011 fue elegido Presidente de la Confederación Europea de Sindicatos en sustitución de Wanja Lundby-Wedin.